
Fallo judicial: Cristina Kirchner no podrá votar en octubre
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Una denuncia abrió la puerta al espanto en un tambo santafesino. En una historia de sórdido raigambre familiar, un adolescente de 17 años pudo ser rescatado luego de que una pareja lo obligara a trabajar durante cinco años más 18 horas diarias, semidesnudo, bajo amenaza de muerte y casi sin alimentarlo.
Interés General05/11/2020Maricel Bernardita Román (43), una cordobesa de la localidad de Freyre, y su pareja, Víctor Raúl Bustamante (61), de Santa Fe, fueron condenados durante un juicio abreviado en esa provincia a cuatro y dos años de prisión, respectivamente, por el delito de reducción a la servidumbre.
El dato que develó el horror
Dos exempleados del tambo “Campo Tacité”, situado en la localidad santafesina de Josefina, se presentaron en la Policía Federal de San Francisco el 22 de agosto de 2019 y denunciaron a sus expatrones, de acuerdo con el fallo que revisó La Voz.
Relataron que el adolescente era sometido a continuos maltratos físicos y verbales, por parte de quienes tenían a cargo el tambo del arrendador de apellido Masento. Sin embargo, Román era la responsable del lugar.
Los denunciados residían allí junto a sus dos hijos menores de edad, una sobrina y el adolescente de 17 años. Los extrabajadores describieron que hacían trabajar al joven desde las 2 de la madrugada hasta las 20.30 (18 horas y media). Desde los 12 a los 17 años trabajó sin francos ni descansos, y que en ocasiones, descalzo y semidesnudo a pesar de las bajas temperaturas.
Contaron que no le daban de comer la mayor parte de los días, y que estaba amenazado para que no dejara el tambo y volviera con su madre. Según surge de la investigación judicial, para evitar que viera a su madre, los denunciados le hablaban mal de ella y de la forma en que había sido concebido.
En otro tramo de su declaración, señalaron que, en cierta oportunidad, Bustamante le dijo que si el joven escapaba del tambo lo asesinaría a él y a su madre de un disparo en la cabeza con su escopeta.
A partir de los datos clave aportados, la Fiscalía Federal de la ciudad de Rafaela abrió la investigación. Los dos exempleados ratificaron la denuncia ante la Justicia federal. Y tras un allanamiento en el tambo, Román y Bustamante fueron detenidos.
El joven –huérfano de padre- fue hallado en malas condiciones de salud, vestimenta y aseo personal.
Los imputados fueron procesados como coautores del delito de trata de personas con fines de explotación laboral, en la modalidad de acogimiento, de la víctima y por haber mediado abuso de la situación de vulnerabilidad, amenaza y violencia contra ella, por ser menor de edad y haberse consumado la explotación (y en el caso de Román, también agravado).
Una historia de maltratos
Durante el juicio, llevado a cabo de forma unipersonal por el juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, Luciano Homero Lauría, se comprobaron los hechos denunciados.
El joven –que además fue abusado sexualmente durante su infancia- no contaba con indumentaria adecuada ni dinero, bajo violencia física y psíquica, y amenazas. Tenía impedido tener contacto con otras personas ajenas al lugar, y sólo compartía el trabajo con otro peón rural, ahora exempleado.
El adolescente (sólo con estudios primarios) no estaba registrado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), ni tenía certificado de cobertura emitido por una ART, como así tampoco autorización para trabajar otorgado por la autoridad competente.
Durante sus extensísimas jornadas laborales, el muchacho era obligado a realizar actividades de ordeñe, cuidado y atención de animales (según relató en Cámara Gesell) en un tambo que producía unos 2.700 litros de leche diarios.
En su declaración, el adolescente señaló que “más pesado” lo hacía él. El expeón relató la explotación a la que el muchacho era sometido: “Lo hacían trabajar sin parar, sin descanso”.
La madre del joven contó que su hijo comenzaba a ordeñar a las 4. “Después se (lo) llevan al potrero, le da agua y comida a los terneros y limpia el tambo. Eso lleva desde las 4 hasta las 12. A las 3 o 4 de la tarde se comienza de nuevo hasta siete u ocho de la noche”, contó.
El expeón, un vecino y la madre del joven contaron que por el trabajo no recibía un pago o salario, algo que generó una controversia con el presunto sueldo declarado que se aducía que cobraba (cuarto mil pesos).
Pero durante el allanamiento, las autoridades no encontraron dinero, lo cual tornó “inverosímil” la posibilidad de haber percibido sumas de dinero, detalló el juez. “Es decir, bajo tales condiciones no disponía de dinero propio y, por ende, no tenía independencia económica”, agregó.
Otro aspecto que ponderó el magistrado en su fallo es la condición de salud en la que fue encontrado. No había sido vacunado y padecía una infección en sus orejas producto de la pediculosis recurrente.
El expeón observó que el adolescente tampoco contaba con ropa apropiada para el trabajo. “Una vez se largó a llover y me mojé todo -contó-. No tenía ropa para cambiarme. Entonces, le pregunté a él si no me prestaba un pantalón largo. Me dijo que no tenía, lo que puede ser verdad, porque todo el tiempo que estuve trabajando ahí lo vi de pantalón corto, haga frío o calor”.
Tras relatar que el maltrato de los denunciados, el extrabajador contó también que el joven no era bien alimentado: “Muchas veces lo vi con hambre. Es una criatura, no puede estar viviendo así, trabaja todos los días, sin descanso”.
Tampoco tenía amigos o contacto social por impedimento de los tíos. No concurría a la escuela ni le permitían tener vínculo con su propia madre y hermanos. Sólo en sus ratos libres jugaba a la pelota o las bochas con uno de sus primos.
Para el juez, se comprobó que la mujer sometió al adolescente, como autora del delito de reducción a servidumbre, al maltrato para beneficiarse económicamente. Su pareja fue considerada partícipe secundario.
Ambos, afirmó el magistrado, lo redujeron a una condición de “cosa”. Román fue condenada a cuatro años y su pareja, a dos.
Sin embargo, ambos registraban penas anteriores (de cuatro y tres años, respectivamente). En 2018, Román fue sentenciada por reducción a la servidumbre, lesiones leves dolosas calificadas por el vínculo y amenazas a familiares.
Bustamante, en tanto, fue condenado por reducción a la servidumbre y amenazas, como partícipe secundario, de acuerdo con el diario Castellanos, de Rafaela.
De este modo, se unificaron las condenas en seis años y seis meses para ella (en la modalidad de prisión domiciliaria) y cuatro para Bustamante.
LaVoz
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