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En un fallo histórico, determinaron que la creación de imágenes de abuso sexual infantil mediante inteligencia artificial constituye un delito penal.
Nacionales04/07/2025
Redacción El Informe de Ceres




La Justicia argentina dio un paso decisivo en la lucha contra los delitos sexuales en entornos digitales. En un fallo sin precedentes, la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Zárate-Campana determinó que la creación de imágenes de abuso sexual infantil mediante inteligencia artificial (IA) constituye un delito penal, incluso si no hay víctimas reales identificadas.
El tribunal sostuvo que el artículo 128 del Código Penal, modificado por la Ley 27.436, contempla la penalización de representaciones de menores en situaciones sexuales explícitas, sin importar el medio por el que hayan sido generadas. De este modo, las imágenes digitales creadas por inteligencia artificial o con técnicas de animación computarizada (CGI) también caen bajo la órbita de la ley.
La resolución judicial se originó en una causa contra un hombre acusado de publicar y distribuir este tipo de material. La defensa alegó que no podía probarse la existencia de víctimas reales y que el contenido había sido producido digitalmente. Sin embargo, los jueces Mariano Magaz, Humberto Bottini y María Pía Leiro rechazaron ese argumento, subrayando que el concepto de “representación” incluido en la norma es suficiente para tipificar el delito, ya que alude a toda imagen o idea que sustituya a la realidad.
La jueza de Garantías, Graciela Cione, también respaldó la medida contra la inteligencia artificial, al señalar que, por una simple observación de las imágenes, se evidenciaba la representación de niños de entre 3 y 13 años. El fallo remarcó que permitir este tipo de contenidos, aunque sean artificiales, normaliza la pedofilia y atenta contra el bien jurídico protegido: la libertad e integridad sexual de las infancias.
Además, el Tribunal advirtió que los informes periciales permitían rastrear metadatos como fechas y ubicaciones de creación, lo que habilita nuevas medidas probatorias en la etapa de juicio para profundizar sobre el origen del material.
Abuso sexual por creación de imágenes con inteligencia artificial.
El fallo marca un antes y un después en el abordaje jurídico de la explotación sexual infantil en la era digital. Especialistas en cibercrimen, como el fiscal Lucas Moyano, celebraron la decisión, aunque advirtieron que aún es urgente una reforma legislativa que tipifique de manera específica este tipo de delitos.
Moyano remarcó que es necesario actualizar el Código Penal para eliminar cualquier ambigüedad y dotar al sistema judicial de herramientas más claras. También propuso que Argentina adopte una legislación similar a la ley federal estadounidense Take It Down, que penaliza la creación y difusión de “deepfakes” sexuales sin consentimiento.
Según el fiscal, este tipo de normativas permitirían no solo proteger a menores ante contenidos generados por inteligencia artificial, sino también a adultos que sean víctimas de la difusión de imágenes falsas con contenido íntimo. En este contexto, el fallo de Zárate-Campana representa un avance significativo, pero el desafío ahora recae sobre el Congreso, que deberá responder con una legislación acorde a los riesgos de la era digital.




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