

El Senado convirtió en ley la reforma del impuesto a las Ganancias: cómo queda el nuevo esquema tributario
Redacción El Informe de Ceres






El Senado de la Nación aprobó esta noche el proyecto de reforma del impuesto a las Ganancias que elimina la cuarta categoría y crea un tributo sobre los ingresos más altos que comprenderá a quienes cobren haberes superiores a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM) mensuales.
El proyecto de ley impulsado por el ministro de Economía y candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa, se aprobó hace dos martes en Diputados por amplia mayoría y este jueves se convirtió en ley en el Senado con 38 votos a favor y 27 en contra.
En el inicio del debate, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Ricardo Guerra, aseguró que "las modificaciones que plantea el proyecto de ley parten de un concepto de no considerar al salario como una ganancia sino como lo que es, una retribución al trabajo, y en el caso de jubilaciones un haber de retiro".
"Para cumplir esta premisa se instituye que los salarios brutos que no superen a los 15 salarios mínimos no estén sujetos al impuesto a las ganancias y los que perciban por encima de esta cifra tributarán una diferencia entre lo que perciben y lo mínimo no imponible", agregó el legislador oficialista.


Dijo que en cambio sí seguirán pagando el impuesto como hasta ahora quienes ocupen cargos de "secretarios de Estado, así como los legisladores, directores, síndicos y quienes detentan cargos ejecutivos en las empresas públicas".
La iniciativa que reforma el impuesto a las Ganancias crea además un nuevo gravamen sobre los ingresos a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35%, que se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM.
Los puntos principales del proyecto contemplan además, la creación de un nuevo "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros".
De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos.
En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%.





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