


Ganancias y monotributo: los cambios que se introdujeron al paquete fiscal
Redacción El Informe de Ceres








Aun así, los cambios introducidos no modifican el lineamiento general de las reformas plasmadas en el texto, aunque sí reajustan algunos artículos.
Para el Impuesto a las Ganancias se introduce un incremento del 22% del mínimo no imponible para empleados en relación de dependencia y jubilados de las provincias de La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. De esta manera, la base del tributo en dichos distritos pasaría de $1,8 a $2,2 millones para los solteros y de $2,2 a $2,6 millones para casados con hijos.
Otro cambio es que se podrán deducir los intereses que paga un deudor de créditos hipotecarios UVA. La modificación se introduce luego de que un grupo de bancos públicos y privados volvieron a ofrecer este tipo de préstamos.


De esta manera, se podrá deducir hasta el 100% del importe "correspondiente a la ganancia no imponible establecido en el inciso a) del artículo 30 de la presente ley”. Dicho monto es de $3.091.035.
Por otra parte se prorroga la existencia del monotributo social que se había eliminado en la redacción original del proyecto. El mismo prevé para determinados sectores ligados a la economía popular que el componente de pago impositivo por formar parte del régimen simplificado sea más bajo que la categoría inicial del monotributo
“Cuando el pequeño contribuyente adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) sea un sujeto inscripto en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Capital Humano y tenga una facturación anual menor al 50% de la Categoría A, no deberá ingresar el impuesto integrado contemplado en el artículo 11 del Anexo de la Ley N° 24.977″, plantea la modificación de la norma.







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