Aumento para los trabajadores de casas particulares en diciembre: cómo quedó la escala salarial

La suba acordada fue dividida en tres tramos, 12% en octubre, 12% en noviembre y 10% en diciembre.

Economía24/11/2023Redacción El Informe de CeresRedacción El Informe de Ceres

publicidades.imagen.bf79b346fb1ee563.696d6167656e2e676966

6PU3tQv7f_1300x655__1

multimedia.normal.b40f6cc91e053086.454c20494e464f524d45205745425f6e6f726d616c2e676966

El último acuerdo paritario de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares otorgaba incrementos en tres tramos: un 12 por ciento para el mes de octubre, otro 12 por ciento para noviembre y un 10 por ciento para el mes de diciembre, siempre en referencia al salario de septiembre de 2023.
Como se aplica a todas las categorías del sector, esto incide también en el salario del personal de tareas generales, que constituye la quinta categoría y abarca a las empleadas domésticas, es decir, a quienes se dedican a la prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas.

 
Sueldo por hora
Tal como indica la resolución 6 del Boletín Oficial, publicado el 6 de octubre pasado, a las personas que realizan tareas generales en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos:
Por hora con retiro: $1416,50
Por hora sin retiro: $1528

  
Sueldo mensual
En diciembre, quienes trabajen con un esquema mensual cobrarán los siguientes montos, correspondientes al trabajo realizado en noviembre, que incluye un 12 por ciento de aumento:
Mensual con retiro: $160.791
Mensual sin retiro: $178.797,50
Estos valores responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, además, abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

Qué empleados reciben un adicional
En caso de corresponder, a los valores de cada mes se debe anexar el concepto de adicional por zona desfavorable, que corresponde al 30 por ciento del salario.
Esto aplica a las siguientes provincias y localidades:
La Pampa
Río Negro
Chubut
Neuquén
Santa Cruz
Tierra del Fuego
Antártida e Islas del Atlántico Sur
Partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires

Qué datos se necesitan para inscribir en AFIP a las empleadas domésticas
Antes de iniciar la inscripción y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:

 
N° de CUIL
Nombre y apellido
Fecha de nacimiento
Domicilio real
Obra social (si no tiene obra social, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares)
Si es o no una persona jubilada
CBU (en caso de ya estar bancarizada)
Número telefónico
Correo electrónico

Cómo se calcula la antigüedad del servicio doméstico
Para poder sacar cuánto le corresponde a la empleada doméstica, se deberá calcular el 1 por ciento por cada año trabajado. A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.
Esta liquidación es generalizada, lo que quiere decir, que el pago de este dinero adicional abarca a todas las relaciones laborales vigentes del servicio doméstico. Debe estar incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.

297084126_3369110313370425_536697452065713637_n

Te puede interesar

PUBLICIDAD REDES EL INFORME

Lo más visto
496858315_18457620199079661_3529670116510138868_n

Semana del reciclaje

Redacción El Informe de Ceres
Locales12/05/2025

Esta semana el Gobierno de la Ciudad de Ceres ofrecerá múltiples y variadas actividades con el objetivo de llevar adelante consciencia ambiental a toda la comunidad

26669-radar-control

Autorizan utilización de radares en Ruta 2, jurisdicción de San Cristóbal

Redacción El Informe de Ceres
Provinciales14/05/2025

El senador Provincial Felipe Michlig informó que la Agencia Provincial de Seguridad Vial de Santa Fe, resolvió autorizar a la municipalidad de San Cristóbal para la “utilización de dispositivos electrónicos automatizados” (radares), a fin de “realizar controles por exceso de velocidad”, sobre determinados tramos de RP N° 2

385069350_332536549444322_8858262003115198691_n

Boletín de noticias