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Las prepagas podrán no aceptar cubrir medicamentos o tratamientos recetados por médicos ajenos a sus cartillas.
Nacionales28/10/2024Redacción El Informe de CeresEl Gobierno volvió a desregular el ámbito de la salud privada y consintió que las prepagas le nieguen cobertura a los afiliados de medicamentos y estudios recetados por profesionales que no integren la cartilla de la empresa. La medida se legisló a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial.
Según lo pedido por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), el Gobierno oficializó este lunes una medida en la Resolución 3934/2024 que dicta que solo los médicos que figuran en la cartilla podrán prescribir medicamentos y tratamientos a los pacientes.
El argumento es que se trata de una medida para "garantizar la sostenibilidad del sistema". En el decreto, además, el Gobierno diferencia los planes abiertos de los cerrados (los abiertos son los más caros y los cerrados, los más limitados).
"En los planes abiertos los beneficiarios pueden optar por recibir la cobertura médico-asistencial a través de los prestadores de cartilla o de prestadores externos; mientras que, en los planes cerrados los beneficiarios deben atenderse exclusivamente con los prestadores incluidos en la cartilla, quienes resultan ser los habilitados para prescribir una práctica médica o un medicamento", dice la resolución.
Las prepagas podrán rechazar a monotributistas y pequeños contribuyentes
A su vez, en otro decreto, el 955/24, se estableció que las prepagas podrán no aceptar como afiliados a los beneficiarios del régimen del monotributo y a los pequeños contribuyentes, para lo que se creó un nuevo registro para quienes acepten a monotributistas.
"Esta medida deviene crucial para mejorar la transparencia y la gestión del acceso a la cobertura médico asistencial de los Pequeños Contribuyentes", dice el Gobierno en un comunicado.
Al mismo tiempo, según aclararon desde el Ministerio de Salud, el decreto no modifica la cobertura que ya tengan los trabajadores que estén adheridos.
"Las personas adheridas al régimen de pequeños contribuyentes podrán optar libremente por cualquiera de las entidades inscriptas en el registro, debiendo permanecer por lo menos 12 meses en la agencia seleccionada", dijeron desde la Superintendencia de Servicios de Salud.
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