
El Senado rechazó el veto a la ley de emergencia en Discapacidad: el Gobierno prepara su judicialización
El Senado discutirá el veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad, que ya fue rechazado en Diputados hace algunas semanas.
La inscripción en el registro pasa a ser gratuita y ya no tienen fecha de vencimiento, entre los principales cambios del RUCA.
Nacionales04/11/2024El Gobierno Nacional, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, en conjunto con ARCA (ex AFIP) y el SENASA, modificó y simplificó el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA).
"Con el objetivo de lograr registros únicos, simples y ágiles, que garanticen la libre concurrencia al mercado y faciliten una fiscalización inteligente, y avanzando hacia un registro único para la cadena de granos, en esta etapa se termina la simplificación del Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), previo a su unificación con el Sistema de Información Simplificado (SISA) que cubrirá tanto productores como operadores", detalló la Secretaría.
La Resolución N° 82/2024 publicada el día de hoy en el Boletín Oficial unifica actividades, redefine sus alcances y elimina requisitos como los aranceles que se cobraban para la inscripción de los operadores.
"Esto facilitará las inscripciones y evitará que el operador tenga que hacer múltiples inscripciones en el registro para poder comercializar", aseguraron y continuaron con un ejemplo: "Actualmente, por ejemplo, un operador que acopia granos (soja, maíz, trigo, etc.) debe inscribirse como acopiador consignatario. Si además comercializa maní o legumbres debe realizar dos inscripciones más por especie (Acopiador de maní y Acopiador de legumbres). A partir de ahora, sólo deberá tener una única inscripción para comercializar cualquier especie".
Menos RUCA
Los principales cambios del registro son:
Se eliminan los aranceles: la inscripción en el registro pasa a ser gratuita.
Las inscripciones no tienen fecha de vencimiento, mientras se mantengan vigentes los requisitos establecidos para su otorgamiento.
Se detallan en la Resolución los requisitos necesarios para la actividad, sin dar lugar a que se soliciten adicionales que no estén normados.
Se detalla la verificación para la inscripción de ciertas actividades y se incorporan las verificaciones virtuales, con el objetivo de agilizar la habilitación de los establecimientos.
Se elimina como requisito lo referido a la solvencia económica y antecedentes para todas las actividades, que daban lugar a análisis arbitrarios.
Se elimina el requisito que obligaba a presentar el cumplimiento de pago de obligaciones tributarias emergentes del ejercicio de la actividad.
Se elimina el requisito de cumplimiento con la normativa del Banco Central de la República Argentina sobre ingreso y liquidación de divisas para permanecer en el registro.
Se elimina el requerimiento de cumplimiento con las sentencias y laudos arbitrales dictados por los órganos nacionales con competencia en materia de consumo o abastecimiento.
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