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Se tomará el índice de salarios Ripte y no la tasa de interés activa. Así, la actualización de las remuneraciones se reduce a menos de la mitad. Para las aseguradoras, el régimen era insostenible y el sistema podía colapsar. Críticas de abogados laboralistas.
Nacionales30/09/2019Con un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el Gobierno implementó cambios en el sistema de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) que, en la práctica, redundarán en una fuerte reducción de las indemnizaciones por accidentes laborales.
El Poder Ejecutivo dispuso cambios en la tasa de interés con la que se define el monto que cobrará un trabajador o su familia por un accidente laboral que implique una incapacidad definitiva o la muerte del empleado.
A partir de ahora, la indeminzación no se actualizará por la tasa de interés activa del Banco Nación, que ronda el 90% anual, sino que lo hará por la evolución de los salarios que mide el índice Ripte, en torno al 40,5% anual.
La nueva normativa regirá tanto para los casos en los que las indemnizaciones se pacten sin llegar a juicios como en aquellos en los que el trabajador o su familia no acepten la reparación de la ART y elijan litigar. Y aplicará también para los juicios en curso, según interpretaron fuentes de las ART.
El decreto, que lleva la firma de Mauricio Macri y todos sus ministros, legisla sobre el periodo de tiempo que pasa desde que ocurre el accidente laboral y el trabajador o su familia cobran la indemnización correspondiente. En ese tiempo, el salario, a partir del cual se calcula la indemnización, se actualizaba en función de la tasa de interés bancaria. Ahora lo hará con la evolución de los salarios registrados.
El DNU toma en consideración los problemas que plantearon las ART. Y justifica: “Actualmente el rendimiento financiero de los activos de la industria aseguradora es del orden del 42% promedio, mientras que la tasa de interés vigente para las indemnizaciones por contingencias previstas en la Ley N° 24.557 y sus modificaciones, asciende a niveles cercanos al 90%”.
Y continúa: “El ajuste de las obligaciones de las Aseguradoras mediante la aplicación de tasas financieras ha llevado a desnaturalizar los derechos de los trabajadores beneficiarios del sistema, haciendo que las indemnizaciones que les corresponden, legalmente orientadas a la finalidad reparadora de los daños sufridos por ellos, generen rendimientos financieros disociados del daño a reparar y ajenas al propósito que inspira la norma”.
Las ART, a favor
Según la Unión de Aseguradoras UART, el DNU “viene a subsanar la distorsión generada por la aplicación de tasa activa de interés a las indemnizaciones por accidentes de trabajo”.
Esa “distorsión”, continuó la UART hacía que “considerando un salario de $42.000, la aplicación de tasa activa prevista en la ley llevaba a que se pagara indemnización como si el salario hubiese sido de $73.000″.
Según las aseguradoras, la nueva actualización regirá “a todos los juicios en proceso”, a partir de ese lunes.
Argumentan que, con una rentabilidad que ronda el 42% anual, el sistema no podía pagar tasas del orden del 90 por ciento.
Para las ART, la “distorsión” promovía una mayor litigiosidad, lo que ponía en riesgo “la importante disminución inicial de la litigiosidad lograda” en los últimos años, con cambios en la legislación laboral.
Las aseguradoras sostuvieron que no existe inversión financiera posible que les permita afrontar esa elevada tasa de interés con la que se actualizaban los salarios hasta hoy. “Ni aun las Leliq, por nombrar un activo conocido por su muy alta rentabilidad”, agregaron. Así, el sistema se desfinanciaba.
Abogados laboralistas, en contra
Los abogados laboralistas, sin embargo, plantearon que el DNU reducirá las indemnizaciones por incapacidad definitiva o muerte y remarcaron que el índice salarial hoy pierde contra la inflación.
Lo explicó Matías Cremonte, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas: “Hasta hoy la tasa de interés estaba en la lógica del mercado financiero. Eso garantizaba una reparación un poco mejor; las indemnizaciones no eran exorbitantes, pero se generaba una indemnización en algunos casos razonable. Ahora, ponen una tasas de interés basada en el promedio de los aumentos salariales, por debajo del IPC, porque los salarios aumentan por debajo de la inflación”; dijo .
La contracara al desincentivo a litigar que manifestaban las ART es que los trabajadores afectados o sus familias deberán aceptar indemnizaciones menores para no demorar años en cobrar un juicio que, hasta hoy, tenía como incentivo la tasa activa del sistema bancario. “¿Cómo hace una familia para aguantar, dos, tres años, un juicio por muerte de un trabajador? Ahora le tenés que decir ‘aceptá esto’”, sostuvo otro abogado laboralista.
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