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El gobierno estableció nuevos cambios en la normativa que rige sobre las tarjetas de crédito y a través del decreto 361/2024, publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, estableció que no deberá mediar oposición del usuario de las tarjetas de crédito cuando el envío del resumen mensual se realice de forma electrónica.
Nacionales26/04/2024
Redacción El Informe de Ceres






De esta manera, también indicó que, en el caso de no recibir el resumen, la entidad financiera podrá notificar al usuario sobre sus gastos a través de una comunicación telefónica, electrónica o similar, siempre y cuando se cumpla el cometido.


Este decreto se complementa con los cambios propuestos en el Mega DNU de diciembre, que desreguló la economía e impuso sustantivas modificaciones en las tarjetas de crédito. En el considerando de la norma publicada hoy, el Ejecutivo retoma el objetivo del decreto 70/2023: “Se debe reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo, promoviendo al mismo tiempo una mayor inserción en el comercio mundial”.
Los cambios aplicados con el mega decreto estaban vinculados a las sanciones que el Banco Central podía llegar a imponer sobre las entidades financieras; la forma en que tiene que estar redactado el contrato para la emisión de un plástico nuevo; la eliminación de sanciones para empresas emisoras; la reducción de obligaciones de información y hasta la derogación de la necesidad de informar mensualmente al regulador.
A su vez, también estableció modificaciones en el sistema de deudores, conocido como el Veraz: se levantó la prohibición de informar a las “bases de datos de antecedentes financieros personales” los incumplimientos de sus clientes y dispuso que el Veraz sea de acceso prácticamente libre para los emisores de tarjetas.
Cualquier incumplimiento, por pequeño que sea, será conocido de inmediato por toda la industria financiera, lo que podría generar dificultades para los usuarios en caso de querer acceder a alguna otra tarjeta de otro banco.
El mega decreto también modificó la redacción vieja de la Ley que establecía que el emisor era de los plásticos podía ser una “entidad financiera, comercial o bancaria”, mientras que ahora el emisor puede ser “la entidad, de cualquier naturaleza, en tanto se encuentre previsto dentro de su objeto social, que emita Tarjetas de Crédito”. Así, permiten que más jugadores entren al sistema de tarjetas






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