Santa Fe: reglamentaron la ley que busca limitar los robos de metales no ferrosos

La norma fue el corolario del reclamo de empresas de servicios y de particulares por los desmanes de instalaciones en la vía pública

Judiciales21/07/2023Redacción El Informe de CeresRedacción El Informe de Ceres

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El Poder Ejecutivo reglamentó seis artículos de la Ley N° 14.191 que dispuso la creación del "Registro Provincial de Acopiadores y Comercializadores de Metales No Ferrosos". El objetivo de la norma es poner fin a los robos de cables de empresas de servicios públicos así como elementos de cobre de dispositivos de seguridad de medidores de esas mismas empresas e incluso de viviendas particulares.

El texto sancionado (art. 2) entiende por metales no ferrosos "a todos los metales que no son hierro y a sus aleaciones, donde éste es componente principal, conforme la siguiente enumeración no taxativa: cobre, estaño, plomo, níquel, cobalto; cromo; molibdeno; titanio; tantalio; niobio; tungsteno; cerio; aleaciones de aluminio-cobre; aluminio-manganeso; aluminio-silicio; aluminio-magnesio-silicio; aluminio-zinc; bronces al estaño; bronces al plomo; bronces al aluminio; bronces al silicio; bronces al berilio; latón blando, duro y semiduro; antimonio, entre otros".
La mencionada ley fue sancionada en marzo de este año y fue fruto de un trabajo llevado adelante por la Cámara de Diputados que realizó audiencias en las cinco cabeceras judiciales para discutir proyectos de Oscar Martínez (Frente Renovador) y Lionella Cattallini (PS). Fue en esas audiencias donde empresas de servicios públicos (Telecom, EPE, Litoral Gas, ASSA y servidoras de cables) fueron dando precisiones sobre los daños sufridos en la vía pública y en la prestación de los servicios por los robos padecidos en sus líneas o en sus medidores. Se discutió también la cadena de comercialización originada a raíz del robo en la vía pública. En la audiencia en esta capital, el entonces fiscal regional, Carlos Arietti, llegó a hablar de cientos de negocios no habilitados en la zona de La Capital.

Diputados votó el tema antes del receso del año pasado y el Poder Ejecutivo lo incluyó en Extraordinarias de principios de año y el Senado lo terminó de sancionar en febrero pasado.
Según la reglamentación, el nuevo registro dependerá de la Dirección Provincial de Registro de Desarmaderos de Automotores, chatarrerías, Comercio de compraventa de repuestos usados y de compraventa de bienes usados no registrables (RE.DE) que funciona en el Ministerio de Gobierno y cuyo titular es Mauro Decándido, ex intendente de Carcarañá.
Si bien la nueva norma crea el Registro Provincial de Acopiadores y Comercializadores de Metales No Ferrosos "en el cual deberán inscribirse las personas humanas o jurídicas que realicen actividades de carácter comercial o industrial, sea como actividad principal o accesoria, en forma permanente o eventual con metales no ferrosos", la reglamentación pone ese organismo dentro del RE.DE que viene funcionando desde hace varios años. Pero también dispone que las municipalidades y comunas deberán ajustar los procedimientos de habilitación a ese tipo de establecimientos al registro que ya viene funcionando.

El otro aspecto reglamentado es el referido a la inspección, control y eventuales clausuras. La decisión del Ejecutivo es que la tarea sea coordinada por la autoridad de aplicación que es el Ministerio de Gobierno pero en el marco de la llamada mesa de coordinación interinstitucional prevista por la misma ley, pero también realizados los operativos por personal del RE.DE. con el apoyo de las fuerzas de seguridad e inmediata intervención del Ministerio Público de la Acusación.

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