


Nueva medida del Gobierno: las prepagas podrán aplicar aumentos diferenciales a cada uno de sus planes
Redacción El Informe de Ceres






Esta medida estableció que las empresas de medicina privada podrán actualizar las cuotas de sus planes en forma diferenciada, en lugar de aplicar un único porcentaje para todos sus afiliados. Al respecto, explicaron que "los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la Ley N° 26.682 y sus modificaciones podrán establecer libremente los valores de las cuotas de los planes de salud ofrecidos durante toda la vigencia del contrato"
"El porcentaje de ajuste podrá variar según las características específicas de cada plan de salud que comercialicen. El valor de la cuota de la última franja etaria no podrá superar el triple del valor de la cuota de la primera franja etaria. Los planes de cobertura para la última franja etaria deben estar disponibles sin límites de edad máxima, ya sea para la admisibilidad de nuevos usuarios o la permanencia de los existentes", añade la medida.
Según el documento, las entidades deberán informar a los usuarios, de manera clara y destacada, las modificaciones en el valor de las cuotas y/o de los copagos. "Esta comunicación, que deberá detallar el porcentaje de variación aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual, se realizará dentro de los cinco (5) días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía", explican.


Por otro lado, el decreto del Gobierno incluye un cambio sustancial en el tratamiento de los afiliados de mayor edad. En ese sentido, se definió que los precios de las cuotas para los afiliados de la franja etaria más alta no podrán superar el triple de lo que pagan los afiliados jóvenes por ese mismo plan. "Las prepagas tendrán sus planes de salud disponibles para los mayores sin límite de edad", remarca el documento.





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