Seis meses para unificar el Registro Provincial de Comercio y la Inspección de Personas Jurídicas

Es el plazo previsto en la norma. La decisión persigue un doble propósito: por un lado, facilitar los trámites; por otro, que el Estado tenga mayor información para la tarea de inteligencia criminal y poder trazar la ruta del dinero de sociedades o asociaciones civiles que usan estas organizaciones para lavar dinero.

Provinciales27/08/2024Redacción El Informe de CeresRedacción El Informe de Ceres

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El Poder Ejecutivo promulgó en las últimas horas la Ley Nº 14276 que permite unificar las tareas del Registro Público de Comercio (que se encuentra bajo la órbita del Poder Judicial) con las de la Inspección General de Personas Jurídicas -IGPJ- (dependiente del Poder Ejecutivo), que se constituirá en un único organismo y a cargo del propio Ejecutivo.
A un mes exacto de la sanción de la Cámara de Diputados, el texto fue publicado en el Boletín Oficial de la provincia y entran a correr los 180 días -prorrogables por otro período similar- para llevar adelante la concreción de la unificación.

A partir de esta unificación que queda bajo la órbita del Poder Ejecutivo, éste tendrá a su cargo el registro y fiscalización sobre las personas jurídicas que se constituyan en la Provincia. La decisión persigue un doble propósito: por un lado, facilitar los trámites; por otro, que el Estado tenga mayor información para la tarea de inteligencia criminal y poder trazar la ruta del dinero de sociedades o asociaciones civiles que usan estas organizaciones para lavar dinero.
"Para nosotros fue una gran noticia, que después del debate se pudo alcanzar la unanimidad en la Cámara de Diputados" había dicho el ministro de Gobierno e Innovación, Fabián Bastia, al momento de la sanción. "Entendemos que el proyecto produce un cambio importantísimo, relevante en la vida desde la constitución hasta la liquidación en el caso de las sociedades comerciales donde hoy todas las acciones tendientes se llevan a cabo en el Registro Público de Comercio", le dijo el ministro quien trabajó el tema para elaborar el mensaje como para la sanción legislativa.

 El ministro recordó que esta unificación "la impulsamos desde el Ejecutivo", y mencionó que "la importancia de esta medida, en un primer punto, es simplificar los trámites, la gestión en nuestra provincia, para que no tengan una doble inscripción: simplificar este doble trámite en dos organismos diferentes, de dos poderes distintos, en un solo lugar, y que tiene como beneficiario directo a los ciudadanos".
También señaló que la ley da respuesta a un reclamo de los sectores de empresarios, profesionales y académicos debido a las demoras, costos, burocracia y excesivos formalismos existentes para la creación de sociedades o instalación de sociedades foráneas. Así, se eliminan barreras que obstaculizan el crecimiento de la productividad, sumado a una transformación digital que de rapidez, agilidad y menores costos.

Esto queda expresado en el Artículo 5 de la norma, que refiere a los "Principios de actuación" de la IGPJ, la que "debe actuar dando especial prevalencia al principio de celeridad y facilitación de trámites y con la premisa de no entorpecer la gestión, el gobierno y la sustentabilidad del correcto funcionamiento de las personas jurídicas, así como propender a la digitalización de los procedimientos internos, la simplificación de los trámites, y la despapelización".

 
Asimismo, Bastia remarcó que esta unificación permitirá "tener mayor información para la tarea de inteligencia criminal cuando se investiga a las diferentes organizaciones delictivas, para trazar la ruta del dinero de las empresas, sociedades o asociaciones civiles que usan estas organizaciones para lavar dinero". Es por eso que, "la centralización de la información y su digitalización nos permitirá seguir la trazabilidad y origen de los fondos. Toda la información, tanto de sociedades en su integridad, como asociación civiles y fundaciones, van a estar bajo un mismo organismo, con el acceso a esa información de una manera más fácil y más ágil. Y terminar para muchas gestiones vinculadas a registros comerciales con la doble inscripción en dos organismos de distintos poderes".
Mencionó que "la finalidad del Poder Judicial es juzgar, investigar, intervenir en cuestiones judiciales, no administrativas, por eso está bien que estas tareas pasen al Poder Ejecutivo, que es el órgano natural para hacerlo". Hasta hoy el Registro Público de Comercio está en órbita del Poder Judicial en los juzgados civiles y comerciales.
A partir de esta unificación, que quedará bajo la órbita del Poder Ejecutivo, el gobierno santafesino tendrá a su cargo el registro y fiscalización sobre las personas jurídicas que se constituyan en la Provincia. Todavía no fue definido el nombre que estará a cargo del nuevo organismo.
Así en el nuevo organismo se incluirán las sociedades constituidas bajo alguno de los tipos sociales previstos en el Capítulo II de la Ley N° 19.550 y modificatorias; las Sociedades por Acciones Simplificadas; los contratos asociativos; las transferencias de fondos de comercio; los contratos de fideicomiso, y de cualquier otro contrato cuya inscripción registral corresponda por la normativa vigente; las sociedades constituidas en el extranjero que hagan ejercicio habitual de los actos comprendidos en su objeto social, establezcan sucursal o cualquier otro tipo de representación permanente en la Provincia de Santa Fe, constituyan sociedad en la República Argentina o adquieran participaciones societarias de sociedades inscriptas en el país; las asociaciones civiles con personería jurídica; las fundaciones; y los colegios profesionales y otras personas jurídicas no estatales, en los casos y con el alcance que determine el Poder Ejecutivo en la reglamentación.
Ahora, El Poder Ejecutivo, a través de la reglamentación deberá establecer las estructuras orgánico funcionales garantizando el buen cumplimiento de las competencias asignadas, debiendo priorizar la capacidad técnica en la materia de quienes ocupen los cargos que se conformen. Además debe establecer el plan de implementación para el traslado de las competencias del Registro Público de Comercio a la Inspección General de Personas Jurídicas que contemple el traslado de la documentación y archivos existentes.
La entrada en vigencia de la norma implica la derogación de las leyes Nros. 3397 - creación de Registro Público; 6926 - creación de la Inspección General de Personas Jurídicas; y, el Capítulo y del Título V de la Ley N° 10.160 - Orgánica del Poder Judicial.

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