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Las cambios buscan garantizar un uso más adecuado de los recursos, pero también plantean desafíos en términos de accesibilidad.
Nacionales26/08/2024
Redacción El Informe de Ceres








El Gobierno Nacional a través del Decreto 755/2024, introdujo importantes modificaciones al Programa “Acompañar”. Este programa, creado en 2020, tiene como objetivo principal brindar apoyo económico y acompañamiento a mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo por violencia de género. Con las nuevas modificaciones, el Gobierno busca optimizar la ejecución y control del programa, asegurando que los recursos disponibles se utilicen de manera más eficiente y eficaz.


Los cambios introducidos
El nuevo decreto trae dos cambios principales que modifican los artículos 4° y 5° del Decreto 734/2020. Estas modificaciones son claves para entender cómo se va a implementar el Programa “Acompañar” a partir de ahora.
1. Nuevos requisitos de acceso al programa
El artículo 4° del Decreto 734/2020 fue reemplazado por una versión más estricta en cuanto a los requisitos para acceder al programa. Ahora, para recibir la prestación del Programa “Acompañar”, se requiere:
Informe social: Las personas solicitantes deberán presentar un informe social emitido por un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este informe deberá acreditar la situación de riesgo por violencia de género.
Denuncia judicial o policial: Además del informe social, será necesario acreditar que se realizó una denuncia judicial o policial por violencia de género. Esto significa que, para poder acceder al programa, las personas deberán haber formalizado su situación de violencia ante las autoridades.
Residencia en Argentina: La prestación podrá ser solicitada por cualquier persona residente en Argentina que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada, o extranjera con residencia permanente en el país. Además, la persona solicitante deberá tener al menos 18 años de edad.
2. Cambios en la prestación económica
El artículo 5° del Decreto 734/2020 también fue modificado para ajustar las condiciones de la prestación económica del programa. A partir de ahora:
Monto de la prestación: La ayuda económica consistirá en una suma de dinero no reintegrable, de carácter personal, no renovable y no contributiva. El monto será equivalente a un salario mínimo vital y móvil.
Duración del beneficio: Esta prestación se abonará durante tres meses consecutivos. Al término de estos tres meses, el beneficio no se renovará, por lo que las personas beneficiarias deberán planificar su futuro con este plazo en mente.
¿Qué significa esto para las personas en situación de riesgo?
Las modificaciones introducidas refuerzan los requisitos para acceder al Programa “Acompañar”, lo que podría tener un doble impacto. Por un lado, estos cambios podrían garantizar que los recursos lleguen a quienes realmente los necesitan, ya que se requiere una mayor formalidad y acreditación de la situación de riesgo. Sin embargo, también podría haber un impacto en la accesibilidad del programa, ya que no todas las personas en situación de violencia están en condiciones de realizar una denuncia judicial o policial.
El endurecimiento de los requisitos podría dificultar el acceso al programa para algunas personas que, por diversas razones, no pueden formalizar su situación de violencia. La exigencia de un informe social y de una denuncia podría ser vista como un obstáculo adicional en un momento ya de por sí delicado para quienes atraviesan situaciones de violencia de género.
Por otro lado, la prestación económica, que ahora se limita a tres meses, busca proporcionar un apoyo financiero inmediato, pero también pone de relieve la necesidad de buscar soluciones a largo plazo. El programa no está diseñado para ser una solución permanente, sino un puente hacia una vida más autónoma y libre de violencia.
El traslado de competencias al Ministerio de Justicia
Otro cambio significativo relacionado con el Programa “Acompañar” es el traslado de las competencias en materia de prevención y erradicación de la violencia de género al Ministerio de Justicia. Esto se decidió en mayo de 2024 mediante el Decreto 450/2024, que modificó la Ley de Ministerios. Anteriormente, estas responsabilidades estaban bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano.
Con este cambio, el Ministerio de Justicia se convierte en el encargado de desarrollar las acciones necesarias para prevenir y erradicar la violencia de género, así como de asistir integralmente a las víctimas. Este traslado de competencias refleja la intención del Gobierno de centralizar y coordinar mejor los esfuerzos para combatir la violencia de género en Argentina.




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