


Iniciativa del Senador Michlig para que la Provincia cuente con una “Ley de gestión integral de los residuos”
Redacción El Informe de Ceres






El Objeto de la misma es “establecer reglas para la gestión integral de los residuos entre la Provincia y los Municipios y Comunas, a través de la instauración del principio de responsabilidad extendida del productor, promoviendo la minimización en la generación, su reutilización, reciclaje y otros tipos de valorización, con la finalidad de proteger la salud de las personas y el ambiente” explicó el Senador por el departamento San Cristóbal.
Alcance
El proyecto aprobado por unanimidad en la Cámara alta, establece que “quedan comprendidos en los alcances de la presente ley los residuos especiales de generación universal (REGU) cuya generación devenga del consumo masivo en hogares, organizaciones, empresas e instituciones y que, por las consecuencias ambientales que pudiera generar su manejo inadecuado, requieran de una gestión particular y diferenciada”.
“En particular, se encuentran alcanzados los residuos enunciados en el ANEXO I y los que a futuro determine la Autoridad de Aplicación. Si para algún residuo en particular hubiese un régimen nacional diferente, la autoridad de aplicación Provincial, Municipios y Comunas se adecuarán a él conforme al artículo 41 de la Constitución Nacional respetándose como presupuesto mínimo”.


Objetivos y Principios
Como objetivos prioritarios se mencionan: la creación de los programas de gestión de los residuos; disminuir la cantidad de residuos generados y que son enviados a disposición final; Incrementar los niveles de recolección y valorización de residuos; mejorar la eficacia de la gestión, promover la recuperación de los residuos como insumo para procesos industriales; entre otros.
En cuanto a los principios se enumera el de “responsabilidad extendida del productor”; el “de la cuna a la cuna”; proximidad; gradualidad; trazabilidad; jerarquía en el manejo; interjurisdiccionalidad; simplificación de procedimientos; compensación ambiental y regionalización.
A lo largo de 30 artículos la norma regula los denominados “Sistema Integral de Gestión” contemplados en 3 etapas; a los sujetos obligados, las responsabilidades de cada uno, las autoridades competentes, sus atribuciones y un régimen sancionatorio según el grado de infracción. También se establece un régimen informativo; de identificación, de incentivos y un sistema de trazabilidad. Finalmente se estipula un régimen de exención impositiva y de incentivos.
Política Pública Provincial
En sus argumentaciones el Senador Michlig delineo que “con este proyecto se promueve, la incorporación a la política pública provincial la gestión de los residuos, lo cual permitirá contar con sistemas de gestión que promuevan el diseño de productos de modo tal que se incremente su vida útil y potencial de valorización. En esa línea, la recolección diferenciada, transporte, tratamiento y valorización de los residuos y sus componentes, conlleva la disminución de su disposición en rellenos sanitarios o vertederos a cielo abierto y redundará en mejoras ambientales que repercutirán en todo el ciclo de vida de los productos y particularmente en el posconsumo de los mismos”.
Finalmente el legislador enumeró que de acuerdo al anexo “Quedan comprendidos en los alcances de la presente Ley: - Aceites Vegetales Usados y sus envases - Aceites Minerales Usados y sus envases - Aparatos Eléctricos y Electrónicos en desuso y sus componentes, sus accesorios y consumibles - Pilas y baterías portátiles – Luminarias - Cartuchos y tonners - Medicamentos vencidos y envases de medicamentos - Neumáticos fuera de uso - Instrumentos que contengan mercurio - Acumuladores de ácido plomo.





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