


Eliminan presentación de DDJJ para exportar 10 productos de economías regionales
Redacción El Informe de Ceres








La Secretaría de Bioeconomía comandada por Fernando Vilella, que depende del Ministerio de Economía, excluyó a un grupo de 10 productos de presentar declaraciones juradas de exportación. Lo hizo mediante la Resolución 50/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
El objetivo, según explicita el documento es "reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impidan su normal desarrollo, promoviendo una mayor inserción en el comercio mundial e indicando, además, la necesidad de eliminar el registro de exportadores e importadores y facilitar las operaciones de comercio exterior".
En ese sentido, argumenta que, como consecuencia de la dinámica de los mercados y las capacidades de oferta del país, "algunos productos adquieren una importancia significativa en el comercio exterior, mientras que otros, revisten menor relevancia para las exportaciones nacionales" y que por eso se elimina la obligatoriedad del registro de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE).


Por último, se aclara que la medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Uno por uno: cuáles son los productos que están implicados
De acuerdo al anexo de la Resolución, los siguientes productos no deberán presentar DJVE:
0713-10-90 Arvejas Enteras Verdes
0713-10-90 Arvejas Enteras Amarillas
0713-10-90 Arvejas Partidas Verdes
0713-10-90 Arvejas Partidas Amarillas
0713-20-90 Garbanzos Enteros de diámetro superior o igual a 9 mm
0713-20-90 Garbanzos Enteros de diámetro superior o igual a 8 mm pero inferior a 9 mm
0713-20-90 Garbanzos Enteros de diámetro superior o igual a 7 mm pero inferior a 8 mm
0713-20-90 Garbanzos Enteros los demás
0713-33-19 Porotos, Negros, En envases mayores a 20 Kg.
0713-33-29 Porotos, Blancos, Alubias, En envases mayores de 20 Kg. hasta 190 granos por cada 100 gramos
0713-33-29 Porotos, Blancos, Alubias, En envases mayores de 20 Kg. desde 191 y hasta 220 granos por cada 100 gramos
0713-33-29 Porotos, Blancos, Alubias, En envases mayores de 20 Kg. desde 221 granos por cada 100 gramos
0713-33-29 Porotos, Blancos Alubias, Ovales, En envases mayores de 20 Kg.
0713-33-99 Porotos, Colorados, En envases mayores de 20 Kg.
0713-40-90 Lentejas, Los Demás
1006-10-92 Arroz, Cáscara o "paddy", Los demás. No parbolizado
1006-20-20 Arroz, Descascarillado (arroz cargo o arroz pardo), Los demás. No parbolizado
1006-30-21 Arroz, Semiblanqueado o blanqueado incluso pulido o glaseado, -no parbolizado, contenido grano quebrado < o = al 10 %
1006-30-21 Arroz, Semiblanqueado o blanqueado incluso pulido o glaseado, -no parbolizado, contenido grano quebrado > al 10 %
1006-30-29 Arroz, Semiblanqueado o blanqueado incluso pulido o glaseado. Los demás no parbolizados., -Contenido grano quebrado < o = al 10 %
1006-30-29 Arroz, Semiblanqueado o blanqueado incluso pulido o glaseado. Los demás no parbolizados,. -Contenido grano quebrado > al 10 %
1006-40-00 Arroz, Partido (arroz picón) medio y cuarto grano, Medio grano
1006-40-00 Arroz, Partido (arroz picón) medio y cuarto grano, Medio grano y cuarto grano
1006-40-00 Arroz, Partido (arroz picón) medio y cuarto grano, Cuarto grano con hasta un 1% de cuerpos extraños
1006-40-00 Arroz, Partido (arroz picón) medio y cuarto grano, Cuarto grano con más de un 1% de cuerpos extraños
1006-40-00 Arroz, Partido (arroz picón) medio y cuarto grano, Arrocin con hasta un 1% de cuerpos extraños
1006-40-00 Arroz, Partido (arroz picón) medio y cuarto grano, Arrocin con más de un 1% de cuerpos extraños
1006-40-00 Arroz, Partido (arroz picón) medio y cuarto grano, Cuarto grano y arrocin con hasta un 1% de cuerpos extraños
1006-40-00 Arroz, Partido (arroz picón) medio y cuarto grano, Cuarto grano y arrocin con más de un 1% de cuerpos extraños
1202-42-00 Cacahuate o maní, Cacahuate o maní confitería y/o tostadero
1202-42-00 Cacahuate o maní, Maní partido
1202-42-00 Cacahuate o maní, Los Demás, A granel con hasta un 15 % embolsado
1202-42-00 Cacahuate o maní, Los Demás, Más del 15 % embolsado
1515-21-00 Aceite de maíz, a granel
1515-29-90 Aceite de maíz, Los Demás, Refinado a granel
1515-29-90 Aceite de maíz, Los Demás, Refinado en tambores de más de 200 litros
1005-90-10 Maíz, Pisingallo, A granel, con hasta un 15 % embolsado
1005-90-10 Maíz, Pisingallo, Más del 15 % embolsado
2302-30-10 Afrecho y afrechillo de trigo, Afrecho y afrechillo
2302-30-90 Pellets, de afrecho y afrechillo, A granel con hasta un 10 % de embolsado







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