La provincia presentó el proyecto de ley tributaria: qué impuestos aumentan

La iniciativa llegó a la Legislatura y este jueves ingresa al Senado. El inmobiliario subirá 146,5% para contribuyentes cumplidores. Mantienen la estabilidad fiscal

Economía 21/12/2023 Redacción El Informe de Ceres Redacción El Informe de Ceres

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El gobierno de Santa Fe presentó el proyecto de ley tributaria 2024, que incluye un aumento del 146,5% en el impuesto inmobiliario y el incremento de la tasa de Ingresos Brutos para servicios de comunicaciones y financieros, así como el casino. En cambio, agro, industria, transporte y comercio, no tendrán cambios en ese gravamen. La iniciativa mantiene el régimen de estabilidad tributaria para pymes. En el caso de la patente, el tope del incremento será 130%, salvo para los modelos 2023 y 2024. Desde la Casa Gris aseguraron que las subas previstas están por debajo de la inflación y que se mantienen los beneficios por el pago anticipado.

El Poder Ejecutivo envió el proyecto de ley impositiva a la Legislatura (este jueves ingresará al Senado), tras un encuentro de los ministros Pablo Olivares y Fabián Bastía con la comisión de Análisis Tributario, que reúne a legisladores de ambas cámaras.

El proyecto prevé el aumento de 146,5% del impuesto inmobiliario urbano y suburbano para los contribuyentes que estén al día. Economía remarcó que ese incremento ese menor a la inflación y está en línea con los indicadores del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

También recordó quienes estén al día tendrán el beneficio del descuento del 15% entre las cuotas 1 y 5, y del 100% de la cuota 6. Esto se suma al descuento del 35% para quienes realicen el pago anual anticipado y un 15% para quienes abonen mediante débito automático en caja de ahorro o cuenta corriente.


En el caso del inmobiliario rural, los propietarios de hasta 50 hectáreas que las afecten directamente a la actividad agropecuaria no tendrán incremento. Para los que tengan entre 50 y 100 hectáreas afectadas directamente a la actividad agropecuaria, la suba será del 74%. Mientras que para quienes tengan entre 100 y 200 hectáreas, la actualización será del 103%.

Por la “inestabilidad de los indicadores macroeconómicos nacionales”, el gobierno propuso que, de ser necesario, se realice una actualización adicional de las cuotas 4 a 6, enmarcada con la variación porcentual acumulada entre el 1º de octubre de 2023 y el 31 de marzo de 2024 que registre el Ripte y el Indice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos.

Para el caso del Inmobiliario rural, la actualización se hará teniendo en cuenta la variación porcentual acumulada entre el 1º de octubre de 2023 y el 31 de marzo de 2024 del Indice de Productos Agropecuarios correspondiente al Índice de Precios Internos al por Mayor (IPM) del Sistema de Índice de Precios Mayoristas (SIPM), publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).

Aquellos contribuyentes que realicen el pago anual adelantado no serán alcanzados por la actualización.

Sellos y tasas
En cuanto a sellos y tasas, continuarán los beneficios de estabilidad fiscal que rige desde el año 2018. No se prevén incrementos en las alícuotas, y sólo se actualizará el valor absoluto del módulo tributario a $ 4.20, en línea con la evolución interanual del nivel general de precios de la economía.

Impuestos sobre los Ingresos Brutos
En Ingresos brutos seguirán los beneficios de estabilidad fiscal. Para las actividades agropecuarias, industriales y comerciales no se contempla aumentos de alícuota.

Para evitar que las industrias pierdan los beneficios de exenciones y que quienes se encuentren en el Régimen Tributario Simplificado para los Pequeños Contribuyentes tengan incrementos en la carga tributaria o queden excluidos del régimen, se elevan los montos anuales.

En cambio, tendrán modificación en sus alícuotas, los servicios de comunicaciones, los vinculados a la actividad financiera y los casinos. A saber:

1) Para los servicios de comunicaciones (telefonía fija, cable, etc.) la alícuota será del 5%.

2) Para los servicios vinculados a la actividad financiera se fijó una alícuota del 6,5% para la retribución a emisores de tarjeta de créditos o compras, así como del 8,5% para las operaciones de préstamo de dinero, descuentos de documentos de terceros y demás operaciones financieras efectuadas por entidades no sujetas al régimen de entidades financieras, incluidas las casas de préstamos.

3) Para las entidades financieras las nuevas alícuotas serán del 6,25% y del 9% según el total de las sumas del haber de las cuentas de resultados.

4) Para los casinos la nueva alícuota será del 10,5%, incluyendo las actividades reguladas por la ley 14.325 de reciente sanción.

Patente sobre vehículos
En el caso de las patentes, el tope anual de actualización será del 160 %, excepto vehículos modelo 2023 y 2024. Además, quedan eximidos del pago los vehículos eléctricos y con tecnologías de energías alternativas correspondientes al período fiscal 2024.

Al igual que el régimen de Impuesto Inmobiliario se establecen los beneficios del 35% de descuento por pago anual anticipado por el pago anticipado del total de las cuotas del año y del 15% para quienes abonen mediante débito automático en caja de ahorro o cuenta corriente.

En el caso de ser necesario una actualización adicional sobre las cuotas 4 y 5, se realizarán considerando la variación porcentual acumulada entre el 1º de octubre de 2023 y el 31 de marzo de 2024, de la Ripte publicada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación e Índice de precios al consumidor (IPC) publicado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (Ipec).

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