Adhesión a la Campaña Nacional para la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de Covid-19

La Cámara de Senadores otorgó -en la sesión de la fecha- media sanción al proyecto de ley presentado por el Bloque de Senadores Provinciales de la UCR, para que “la Provincia de Santa Fe adhiera a la ley nacional N° 27.554 que crea la Campaña Nacional para la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de Covid-19”. En tal sentido se señala que “la autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe”.

Política 13/08/2020 Redacción El Informe de Ceres Redacción El Informe de Ceres

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La iniciativa impulsada por los Senadores del Bloque de la UCR: Felipe Michlig, Lisandro Enrico, Rodrigo Borla, Orfilio Marcón, Germán Giacomino, Hugo Rasetto y Leonardo Diana, también recibió el acompañamiento de los Senadores del PJ, Armando Traferri, Rubén Pirola, Raúl Gramajo y José Baucero.

Beneficios de la ley N° 27.554
El Pte. del Bloque de la UCR, Felipe Michlig sostuvo en el recinto que “el Congreso Nacional sancionó recientemente la ley N° 27.554, (promulgada a través del Decreto 663) mediante la cual se crea la Campaña Nacional para la donación de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de Covid-19 (de interés público nacional), por la posibilidad de que el mismo contenga anticuerpos para combatir la misma, con fines terapéuticos e investigaciones aprobadas que así lo requieran”.

“Por los motivos expuestos, se propone adherir a la norma nacional, que contempla un régimen de licencia especial para empleados del sector público y privado de dos días por cada donación de plasma que realicen; la creación de un Registro Nacional de Pacientes recuperados de Covid 19 donantes de plasma; el reconocimiento de los pacientes recuperados que sean donantes como "Ciudadanos/as solidarios/as destacados/as de la República Argentina; la definición de los Centros Regionales de Hemoterapia y/o Bancos de Sangre; propender al desarrollo de actividades de investigación en la temática; entre otras medidas”.

Protección a pacientes de Fibrosis Quística
También la Cámara alta brindo preferencia para dos sesiones a distintas iniciativas presentadas desde el Bloque de Senadores de la UCR, en relación con el tema salud, -entre ellas- un proyecto de Ley que modifica el artículo 4 de la ley N° 12.910, para que el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social -I.A.P.O.S. brinde la cobertura total de las prestaciones a los afiliados que padezcan de la enfermedad de Fibrosis Quística de Páncreas o Mucoviscidosis.

A su vez, otros dos Proyectos (de Comunicación y Declaración), por los que solicitan al Poder Ejecutivo la reglamentación de leyes provinciales sobre el particular y que el Laboratorio Industrial Farmacéutico Sociedad del Estado (LIF) pueda producir los medicamentos necesarios para el tratamiento de la Fibrosis Quística que le posibilite el acceso gratuito a los pacientes de todo el país, atento a su “experiencia y trayectoria en la materia”.

Cobertura del IAPOS
Respecto al referido proyecto de ley, el Pte. del Bloque, Felipe Michlig explicó que “el Congreso Nacional ha sancionado recientemente la ley N° 27.552, mediante la cual se declara de interés nacional la lucha contra la enfermedad de Fibrosis Quística de Páncreas o Mucoviscidosis, estableciendo en consecuencia un régimen legal de protección integral para las personas que sufren dicha patología, a los fines de que alcancen su desarrollo e inclusión social, económica y cultural”.

“La Provincia de Santa Fe ya contaba con una norma de similares características -la N° 12.910- que declaró de interés provincial la atención integral de las personas que padecen Fibrosis Quística (además de otras enfermedades como hipotiroidismo congénito y fenilcetonuria) y estableció, entre otras cosas, que el I.A.P.O.S. debe cubrir la totalidad de las prestaciones que requieran sus afiliados diagnosticados con algunas de las patologías mencionadas. Por tal motivo, con esta modificación se propone que la cobertura se dará de conformidad con lo establecido por la ley nacional”.

Reglamentaciones de las leyes provinciales
A través de un Proyectos de Comunicación conexo, los Senadores radicales solicitan al Poder Ejecutivo que, “en virtud de la sanción de la Ley nacional N° 27.552 se reglamenten las leyes provinciales N° 10.987 y 12910, para la prevención y lucha contra el hipotiroidismo congénito, la fenilcetonuria y la fibrosis quística y la atención integral de las personas que padecen esas enfermedades.
 
Sostienen que “en especial, se considera indispensable hacer hincapié en todo lo atinente a la capacitación de los y las profesionales de la salud, a la implementación del Registro Provincial de pacientes que padecen dichas enfermedades (en articulación con el Registro Nacional).

Producción de medicamentos
Paralelamente se propone que el Laboratorio Industrial Farmacéutico Sociedad del Estado - LIF- produzca los medicamentos necesarios para el tratamiento de la Fibrosis Quística, no sólo para el acceso gratuito por parte de pacientes radicados en la Provincia de Santa Fe; sino por la posibilidad de transformarse en proveedor del Estado Nacional.

“La Provincia de Santa Fe viene produciendo, a través del Laboratorio Industrial Farmacéutico Sociedad del Estado -LIF-, una medicación denominada Solución Clorurada Hipertónica, destinada al tratamiento de pacientes con fibrosis quística. La misma reviste una trascendental importancia, ya que es provista a los pacientes santafesinos de manera gratuita. Por ello consideramos de gran importancia que se analice la posibilidad de producir dicha medicación -u otras que fueran factibles- para proveer al estado nacional, en virtud de las disposiciones de la nueva ley antes mencionada”, sostuvo Michlig.

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