Coordinan el control de precios máximos en la provincia

Nación habilitó la actualizaciones de entre 2,5 y 4,5 por ciento en los precios de venta de ciertos productos.

Provinciales23/07/2020Redacción El Informe de CeresRedacción El Informe de Ceres

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Funcionarios de la Secretaría Provincial de Comercio Interior y Servicios perteneciente al Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, mantuvieron una videoconferencia junto a cincuenta representantes de los gobiernos municipales y comunales santafesinos. Allí coordinaron acciones para continuar con el control de la aplicación de la Resolución 100 de la Secretaría Nacional de Comercio Interior que establece la obligatoriedad de mantener los precios de venta de bienes esenciales a valores del 6 de marzo, considerando la Disposición 13 publicada el pasado 14 de julio que habilitó aumentos de entre un 2,5 y un 4,5 por ciento, según el rubro.

La directora Provincial de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, Maria Betania Albrecht, afirmó que “a partir del decreto 319 del gobernador Omar Perotti, la Provincia delegó en los municipios y comunas las facultades de control de precios y aplicación de normativas de comercialización y defensa del consumidor. Por eso es muy importante trabajar coordinados en todo el territorio santafesino para ser eficientes en la fiscalización y proteger el bolsillo de los consumidores”.

“Cuando se detecta un aumento que viene del sector mayorista, los gobiernos locales remiten las actuaciones a la Provincia para que podamos escalar en la cadena de comercialización. Es la primera vez que desde Comercio Interior se fiscalizan industrias y proveedores. Se está trabajando con toda la cadena”, agregó la funcionaria.

Según la Disposición 13 publicada por la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, se habilitan los siguientes márgenes de aumento según rubro: Lácteos y Frescos: 3%; Harinas, fideos, galletitas y panificados: 4%; Limpieza del hogar, Cocina y Bazar: 2,5%; Cuidado personal: 3,5%; Bebidas: 4%; Aceites: 4%; Infusiones: 4,5%; Arroz y legumbres: 4%; Conservas, dulces, endulzantes y encurtidos: 3%; Sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks: 2%; Alimentos Congelados: 2,5%; Alimentos para mascotas: 2%.

Si bien existe una nómina de precios de referencia publicada por Nación, la normativa establece la obligatoriedad de mantener como máximo el precio que cada comercializador tuviera al 6 de marzo de 2020, aceptándose a partir del 14 de julio sólo las actualizaciones antes mencionadas.

Para establecer reclamos por aumentos desmedidos de precios o desabastecimiento de bienes esenciales, sigue disponible la línea del Gobierno de Santa Fe: 0800 555 6768 (opción 3). También pueden radicarse en las 25 oficinas municipales de información al consumidor que existen en la provincia.

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