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La áreas como salud, seguridad y atención ciudadana deberán mantener dotaciones mínimas operativas.




La Cámara de Casación Penal dictó sentencia definitiva en la causa que investigó los ataques a la embajada y la mutual judía.
Nacionales11/04/2024
Redacción El Informe de Ceres








La Cámara de Casación Penal resolvió que el ataque contra la embajada de Israel en marzo de 1992 y la bomba que hizo explotar la sede de la AMIA el 18 de julio de 1994 "respondieron a un designio político y estratégico" de la República Islámica de Irán y que ambos atentados fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbollah.


Los jueces Carlos Mahiques, Diego Barroetaveña y Angela Ledesma, agregaron que el estallido de la AMIA se inscribe como un delito de lesa humanidad.
Gracias a esta sentencia, las víctimas y sus familiares podrán demandar a los responsables, entre ellos, al Estado Islámico de Irán, vía diplomática a través de un tribunal arbitral o incluso por la Corte Internacional de Justicia, el principal órgano judicial de las Naciones Unidas.
Según decidieron los magistrados, el ataque a la AMIA fue organizado, planificado, financiado y ejecutado por integrantes de organizaciones -en clara alusión a Hezbollah- que reportan orgánica, funcional e ideológicamente a un Estado.
El fallo insta a los jueces con causas que se vinculan directa o indirectamente a acelerar las definiciones de las mismas. Del mismo modo pidió a los funcionarios del Ejecutivo y del Legislativo a que definan a la brevedad políticas públicas en relación a la instauración del proceso en ausencia, la creación de agencias federales de investigación para delitos complejos como el terrorismo, la modernización y dotación de mayores recursos en el proceso de sistematización y conocimiento de la documentación de inteligencia que fue desclasificada y que, a casi treinta años de cometido el atentado, aún no ha concluido.
El pronunciamiento se hizo en el marco de la revisión de la absolución de Carlos Telleldín que fue ratificada. Los jueces sostuvieron que la camioneta que el desarmador de autos vendió no fue la que se usó como "coche-bomba y no se cuenta con pruebas suficientes que lo vinculen con su armado".
El otro fallo
Casación también confirmó la mayoría de las condenas por las irregularidades cometidas al inicio de la investigación, aunque modificó las penas en algunos casos y en otros el delito investigado. El ex juez Galeano quedó condenado a cuatro años, mientras que la sentencia para los ex fiscales Eamon Müllen y José Barbaccia quedó en dos años de prisión.




La áreas como salud, seguridad y atención ciudadana deberán mantener dotaciones mínimas operativas.

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