

El Gobierno cambia la norma que prohíbe a médicos recetar por marca
Redacción El Informe de Ceres








El Decreto de Necesidad y Urgencia que dio inicio al gobierno de Javier Milei, trajo varios rechazos en distintas partes de su contenido. Uno fue por parte de los Farmacéuticos y los Medicos, por la norma en la que se establecía que solo iban a podes recetar medicamentos genéricos y no solicitar una marca especifica.
En las últimas horas, se dio marcha atrás con la medida y se publicó en el Boletín Oficial a través del Decreto 64/2024. Y además incluye otras modificaciones, como la venta libre de analgésicos y antiácidos en negocios que no sean específicamente farmacias.
Daniel Rafel, Presidente del Colegio de Médicos de Santa Fe, explicó que los médicos tiene la obligación de “preescribir una receta magistral en donde conste la droga, la cantidad de la droga, la forma farmacéutica y formada” que es una orden al farmacéutico para que fabrique ese medicamento. Con el tiempo, los laboratorios comerciales lograron que se puede recetar directamente con el nombre comercial sin mencionar ni la droga ni el producto.


Esto también llevó a que haya algunas obras sociales, como IAPOS, donde se les exige a los médicos que receten el nombre de la droga y se agregue alguna marca comercial. Esto es algo de lo que se empezaría a hacer extensivo con la implementación de la Ley Ómnibus.
Rafel explica que “es algo que se venía implementando” pero que el problema surge de los dichos de Sturzenegger “de calificar a los médicos como los responsables del enorme gasto en salud que se produce porque recetamos medicamentos con el nombre comercial en una forma de transa con los laboratorios a través del cual los médicos nos enriquecemos y somos los responsables del sistema” por eso los médicos se posicionaron contra el DNU.







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