
Qué riesgos legales tiene eliminar la figura de femicidio del Código Penal
Redacción El Informe de Ceres






El gobierno nacional anunció su intención de eliminar la figura de femicidio del Código Penal, amparándose en un principio de "igualdad ante la ley". Está decisión ha generado un intenso debate en torno a los derechos humanos, la violencia de género y las políticas públicas. El femicidio, definido como el asesinato de una mujer por razones de género, fue incorporado al Código Penal argentino en 2012 como un agravante del homicidio. Este tipo penal no solo busca sancionar de manera proporcional estos crímenes, sino también reconocer el contexto de desigualdad y discriminación que enfrentan las mujeres en la sociedad.
El abogado penalista Néstor Oroño explicó los riesgos legales que implica la intención de eliminar esta figura: "todas las normas penales deben ser derogadas o modificadas a través del Congreso. El presidente no puede hacerlo por decreto común y tampoco por DNU. Por lo tanto, no creo que haya consenso político ni social para aprobar el proyecto que pretende el gobierno. La cultura machista que nos ha marcado durante tantos años todavía sigue imperando, y es uno de las funciones de la ley pretender cambiar esta realidad. En muchos casos la ley marca tendencia en ese sentido y este es uno. Además en todo el mundo civilizado se reconocen normas similares. Por lo tanto, no veo que esto pueda prosperar.
"De todas formas, es importante aclarar que no se afectarían los procesos en marcha. Si se sancionara una ley como la que pretende el gobierno, no van a quedar despenalizados los femicidios. En todo caso se tendrán que readecuar a los tipos penales de delitos existentes de homicidio simple o agravado por otra condición prevista en el artículo 80 del Código Penal. La mayoría de estos casos son agravados por alevosía, ensañamiento, por odio, pero la figura del femicidio le da una particularidad en la cual la ley pretende poner el énfasis. La falacia del discurso del gobierno es pretender absolutizar la garantía de igualdad ante la ley. La propia Constitución en el artículo 28 dice que todos los derechos que reconoce están sujetos a las limitaciones que impongan las leyes. Lo que las leyes no pueden hacer es derogar un derecho constitucional", agregó Oroño.







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