

Las fuerzas de seguridad podrán utilizar armas de fuego para evitar fugas en delitos peligrosos
Redacción El Informe de Ceres








Dicha medida se conoce internamente como "Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad" y se dictó bajo la resolución ministerial 956/2018. Según la norma, las fuerzas federales tendrán mayor libertad para disparar sus armas en casos de delitos graves y persecuciones.
Además, dicha norma afirma que se hará uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos, en los siguientes casos. En primer lugar, se podrá llevar a cabo en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves. También se podrá utilizar para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas.
Por otro lado, se recurrirá a esta norma para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad. Incluso, se utilizará para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención.


En su derogación, Frederic había señalado: "Esta norma amplía de manera significativa aquellas circunstancias que habilitan el uso del armamento letal por parte de los funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad, alejándose de las recomendaciones del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley establecido por las Naciones Unidas”.
Además, aseguró que cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben actuar en proporción a la gravedad de los daños, respetando y protegiendo la vida humana.
Respecto a esto, la exministra agregó: "Autorizar la utilización del armamento letal ante el mero acaecimiento de una fuga, o de resistencia a una detención si quien lo hace no encuadra en una situación estricta de peligro inminente de ocasionar la muerte, o, en su caso, lesiones graves de terceras personas o del personal de las fuerzas policiales y de seguridad intervinientes, así como habilitar su uso contra quienes portan otro tipo de armas o incluso no portan armas".







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