


El Senado otorgó media sanción al proyecto que faculta a MMyCC a afectar hasta el 50% del Fondo de Obras Menores para gastos corrientes
Redacción El Informe de Ceres







“La situación epidemiológica derivada de la pandemia del COVID-19, particularmente por los mayores gastos que se presentan en cada municipio y comuna para sobrellevar la misma, y el crítico cuadro de situación imperante, hacen necesario que los gobiernos locales puedan disponer de esta eficaz herramienta financiera”, indicó el legislador.
La iniciativa además fue suscripta por los senadores radicales Lisandro Enrico, Rodrigo Borla, German Giacomino, Dionisio Marcón y Leonardo Diana. Mientras que en el recinto se aprobó por unanimidad.
Situación excepcional por la pandemia
Al momento de fundamentar la iniciativa Michlig sostuvo que “la modificación planteada es necesaria para garantizar un funcionamiento institucional acorde a las actuales circunstancias inflacionarias y afrontar otros temas urgentes -aparte de la pandemia- como por ejemplo pago de salarios”.
Por lo tanto, “las administraciones que resuelvan hacer uso de esa facultad, una vez que se sancione y promulgue la norma, deberán presentar la solicitud correspondiente ante la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional (antes Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas), según los requerimientos establecidos en el decreto respectivo, y dichas solicitudes serán elevadas al Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad (antes Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado) para su resolución, quedando habilitados los Municipios y Comunas a utilizar, en forma excepcional para el año 2021, hasta el cincuenta por ciento (50%) de los recursos asignados por el Fondo de Obras Menores, para ser aplicado a gastos corrientes”.
Rendición
“Para hacer uso de los fondos conforme lo dispuesto en la presente norma legal, se requerirá la rendición de cuentas de los montos correspondientes al Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados (Ley Nº 12.385) de años anteriores, y será de aplicación la reglamentación aprobada por Decreto Nº 1123 del 25 de abril de 2008.
Se aclara que, durante el año 2020, en atención a la Ley Nº 13.978 de Necesidad Pública, se autorizó para dicho año 2020 a los MM y CC a afectar hasta el 50% de los montos correspondientes a los ejercicios 2018 y 2019 para el financiamiento de gastos corrientes” se indica en los considerandos del proyecto impulsado desde el Bloque de la UCR.





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