


Combustibles: el Gobierno postergó hasta octubre el aumento de impuestos
Redacción El Informe de Ceres




El Gobierno nacional volvió a postergar la aplicación de un incremento en los impuestos que gravan los combustibles líquidos y el dióxido de carbono. La decisión quedó oficializada este lunes con la publicación del Decreto 829/2026 en el Boletín Oficial.


La norma modifica el Decreto 617/2025 y establece que los incrementos pendientes en los montos de los impuestos sobre la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil tendrán efectos a partir del 1° de octubre de 2026, en lugar del 1° de septiembre, como estaba previsto.
El incremento que se posterga corresponde al remanente de las actualizaciones de los años 2024 y 2025, además de las correspondientes al primer y segundo trimestre de 2026. El esquema surge de las actualizaciones periódicas de los montos fijos de los impuestos en función de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Qué cambia desde septiembre
El decreto establece que el período de postergación, que originalmente alcanzaba hasta el 31 de agosto, se extiende ahora hasta el 30 de septiembre de 2026. De esta manera, durante septiembre se mantiene diferida la aplicación de esos incrementos tributarios.
A partir del 1° de octubre, en cambio, comenzará a tener efectos el incremento total pendiente derivado de las actualizaciones correspondientes a 2024, 2025 y al primer y segundo trimestre de 2026.
La medida no implica un congelamiento general del precio de los combustibles, ya que el decreto se refiere específicamente a la aplicación de los impuestos. El valor final en los surtidores también depende de otros componentes que conforman el precio de las naftas y el gasoil.
El argumento del Gobierno
En los considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo sostuvo que la decisión de diferir los incrementos responde al objetivo de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible.
El decreto recuerda que los montos fijos de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono se actualizan trimestralmente sobre la base de las variaciones del IPC informado por el INDEC.
Sin embargo, desde 2024 distintas normas fueron postergando la aplicación efectiva de los incrementos derivados de esas actualizaciones. El Decreto 829/2026 vuelve a extender ese plazo y fija el 1° de octubre como nueva fecha de entrada en vigencia de la suba tributaria pendiente.
Qué provincias tienen un régimen diferencial para el gasoil
El texto también contempla un monto diferencial del impuesto sobre los combustibles líquidos para el gasoil destinado al consumo en Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe.
El Decreto 829/2026 fue firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Economía Luis Caputo. La norma entra en vigencia el 1° de septiembre de 2026, mientras que el incremento impositivo que se encontraba diferido comenzará a tener efectos desde el 1° de octubre.









Michlig y González llevaron respuestas para instituciones de Ceres

Incumplimiento con la educación argentina: denuncian penalmente a Javier Milei y Luis Caputo

Provincia afirmó que el aumento para los estatales fue mayor que la inflación en el tercer trimestre del año

Verano 2027: los aeropuertos de Sauce Viejo y Rosario suman vuelos internacionales a Brasil y el Caribe

Pullaro pidió no conformarse y acelerar las transformaciones que faltan

Anunciaron obras eléctricas por más de $7.800 millones para San Cristóbal y Castellanos

Empataban Central y Selva cuando el partido debió ser suspendido








