


Cómo es el nuevo DNI con chip y quiénes deben tramitarlo
Redacción El Informe de Ceres




Las disposiciones 54/2026 y 55/2026, publicadas en el Boletín Oficial, oficializaron los cambios impuestos por el Gobierno para el Documento Nacional de Identidad (DNI) y el pasaporte.



Las medidas incluyen actualizaciones en el diseño, los materiales y las medidas de seguridad, que buscan mejorar la protección de los datos personales y asegurar más confiabilidad en su autenticación.
Los documentos emitidos bajo las normativas anteriores seguirán siendo válidos hasta su fecha de vencimiento, por lo que no será necesario renovarlos inmediatamente. La actualización afecta tanta a los ciudadanos argentinos como a las personas extranjeras que residen en el país.


Cómo es el nuevo DNI
El DNI actualizado será una tarjeta de policarbonato multicapa, con grabados láser, impresión por chorro de tinta y un chip sin contacto, que almacena información biométrica y personal encriptada. Esto permitirá mejorar la durabilidad.
El frente incorporará el escudo nacional, una escarapela, el Sol de Mayo, el mapa bicontinental, un holograma renovado, la inscripción “República Argentina – Mercosur. Registro Nacional de las Personas. Ministerio del Interior”, la leyenda “Documento Nacional de Identidad” y una fotografía a color.
Además, contendrá nombre y apellido, sexo, número de DNI, fecha de emisión y vencimiento, nacionalidad, ejemplar, fecha de nacimiento, número de serie grabado por láser, código CAN, imagen fantasma y firma del titular. En los casos en que la persona no sepa o no pueda firmar, ese campo quedará en blanco.
El dorso incluirá domicilio, lugar de nacimiento, CUIL, número de trámite, código QR, zona de lectura mecánica e imagen fantasma. Para los extranjeros, sumará país de nacimiento, juzgado y fecha de naturalización.
La normativa también confirmó que los ex combatientes de Malvinas conservarán el texto que los identifica como “Héroe” o “Heroína de la Guerra de las Islas Malvinas”.
Para los menores de 5 años, la firma corresponderá al padre, madre, tutor o representante legal, mientras que a partir de esa edad se registrará la del niño o niña.
Los recién nacidos que no puedan ser trasladados por razones de salud certificadas, se emitirá un DNI “0 Año” provisorio, válido únicamente dentro del territorio nacional y con datos biográficos y filiatorios.










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