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ARCA decidió aplazar por un mes de los vencimientos para la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2024. Esta medida afecta a las personas físicas y a los autónomos.
Nacionales06/02/2025
Redacción El Informe de Ceres




Los vencimientos, que originalmente se iban a producir entre el 12 y el 15 de mayo de 2025, se extenderán hasta mediados de junio. Según el nuevo cronograma, la presentación de la declaración jurada deberá realizarse hasta el 11 de junio para los contribuyentes cuyo CUIT termine en 0, 1, 2 o 3, mientras que el pago deberá efectuarse hasta el 12 de junio.
Para aquellos cuyo CUIT termine en 4, 5 o 6, las fechas serán el 12 de junio para la declaración y el 13 de junio para el pago. Finalmente, los contribuyentes con CUIT finalizado en 7, 8 o 9 tendrán plazo hasta el 13 de junio para la presentación y hasta el 17 de junio para abonar el impuesto.
Este aplazamiento se aplicará no solo al ejercicio fiscal 2024 sino que también los vencimientos de la declaración y el pago del Impuesto a las Ganancias se regirán por este nuevo calendario en los ejercicios fiscales venideros, con vencimientos siempre en el sexto mes del año. Las fechas de vencimiento se alinearán, además, con las establecidas para el Impuesto sobre los Bienes Personales.
La decisión de ARCA para el vencimiento del Impuesto a las Ganancias responde a las solicitudes realizadas por las entidades profesionales que pedían más tiempo para que los contribuyentes pudieran cumplir con sus obligaciones fiscales.
Además de la extensión de los plazos, el Consejo solicitó que se asegurara que las aplicaciones web necesarias para realizar las presentaciones estuvieran disponibles con al menos 60 días hábiles de anticipación a los vencimientos, para garantizar que los contribuyentes pudieran cumplir con los plazos establecidos.
Cabe recordar que el año pasado los vencimientos de Ganancias se extendieron hasta septiembre, debido a las modificaciones introducidas por la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que ajustó el esquema del tributo y requirió una adecuación tanto de las normativas como de las herramientas digitales utilizadas para la presentación de las declaraciones.




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