El Gobierno presentó el proyecto para ampliar licencias por maternidad y paternidad

La iniciativa propone modificar la licencia para personas gestantes de 90 a 126 días y para padres o no gestantes, de dos hasta 90 días.
Nacionales04/05/2022Redacción El Informe de CeresRedacción El Informe de Ceres

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El presidente Alberto Fernández remarcó este lunes que el proyecto de ley "Cuidar en Igualdad", para aumentar licencias por maternidad y paternidad, sigue la senda de "seguir ampliando derechos, de reconocerle a la mujer que cuida lo que representan para el desarrollo social ese cuidado", y sostuvo que "es un avance en la ampliación de derechos".
El proyecto de ley fue presentado en Casa Rosada, para ser enviado al Parlamento, y promueve la creación del Sistema Integral de Políticas de Cuidados de Argentina, una iniciativa que surge para reconocer esta tarea como una necesidad, un trabajo y un derecho.
En su alocución en el Parque Colón de Casa de Gobierno, Fernández aseguró que esa ley es para que "se vuelva un derecho permanente en la Argentina y gobierne quien gobierne esto sea respetado".

El mandatario sostuvo que la ley es necesaria "para que la suerte de las mujeres y los derechos de la igualdad no queden en una declamación política".

"Este proyecto sigue la senda que planteamos, la necesidad de seguir ampliando derechos, de reconocerle a la mujer que cuida lo que representan para el desarrollo social ese cuidado", señaló Fernández, y subrayó que "es avance en la ampliación de derechos".

En su discurso, Fernández destacó que el país "se diferenció de otros países por la forma que ha dado derechos".

Para Fernández, "cada vez que la sociedad argentina tuvo derechos fue una mejor sociedad" y reseñó que desde el día que asumió la idea fue "ampliar derechos" porque "tendrá más facilidades para acceder a sus proyectos".

El proyecto de ley fue presentado en Casa Rosada, para ser enviado el Parlamento, y promueve la creación del Sistema Integral de Políticas de Cuidados de Argentina, una iniciativa que surge para reconocer esta tarea como una necesidad, un trabajo y un derecho.

Acompañaron en el estrado a Fernández los ministros de Mujeres y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, y de Trabajo, Claudio Moroni; el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y la titular del PAMI, Luana Volnovich.

Gómez Alcorta señaló que ese proyecto de ley propone modificar "licencias para madres o gestantes de 90 a 126 días, y licencias para padres o personas no gestantes, de dos a 15 días, y a lo largo de ocho años hasta 90 días", además de otras licencias especiales, como "90 días para adoptantes".

"Este proyecto amplia derechos, tanto en el sector privado como en la administración pública, agrario y de casas particulares; y los crea para monotributistas, monotributistas sociales y autónomos", para "un universo de ocho millones de personas", resumió la ministra.

Los puntos principales del proyecto
Se propone extender la licencia para personas gestantes de 90 a 126 días y ampliar licencias para personas no gestantes, de 2 a 90 días.

La iniciativa utiliza los términos "licencia para persona gestante" (reemplaza licencia por maternidad) y "licencia para persona no gestante" (reemplaza licencia por paternidad) para incluir a todas las identidades de género y composiciones familiares.

El aumento de las licencias para personas no gestantes se prevé progresivo: a partir de la entrada en vigencia de la ley se elevará la licencia a 15 días; luego de dos años, a 30; luego de cuatro, a 45; luego de seis, a 60 días, y al cumplirse ocho años de la ley, la licencia será de 90 días.

Además, el proyecto crea la licencia para quienes decidan adoptar y por adopción.

La licencia será de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para facilitar trámites y encuentros con niñas, niños o adolescentes en situación de adopción.

En caso de adopción, se considera una licencia de 90 días.

La iniciativa incluye la creación de una licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida, y la extiende de 3 a 10 días en el caso que tuviesen hijos e hijas menores de edad a cargo.

Asimismo, incorpora extensiones de las licencias para hijas e hijos con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples, nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas.

Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por 30 días por cada hija o hijo a partir del segundo.

En nacimientos prematuros la licencia se ampliará a 30 días.

En caso de nacimiento o adopción de niñas, niños o adolescentes con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia será de 180 días.

El proyecto reconoce el derecho a cuidar a monotributistas, monotributistas sociales y autónomos, a través de la creación de una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción.

El monto de la asignación consistirá en el pago mensual del salario mínimo vital y móvil.

El mismo régimen se establece para personal de casas particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.

Para el personal de casas particulares, crea una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción de, como mínimo, un salario mínimo vital y móvil.

Se reconoce también el derecho a personas no gestantes y adoptantes al período de excedencia de la misma manera que se le reconoce a personas gestantes.

Además, elimina la presunción de renuncia si el personal gestante, no gestante y adoptante no se reincorpora a su empleo luego de vencidos los plazos de licencia. El empleador deberá cursar intimación y ya no podrá asumir que la persona renunció.

El proyecto del Ejecutivo modifica las licencias especiales previstas en la Ley de Contrato de Trabajo para ampliar el derecho a cuidar.

Por otra parte, propone ampliar la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente -esta figura se agrega- y por hijas e hijos, que pasa de 3 a 5 días, en tanto amplía la licencia por fallecimiento de hermanas y hermanos de de 1 a 3 días.

Crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año.

También crea la licencia por violencia de género que será de hasta un máximo de 20 días por año.

Otra novedad es que se incluyen los meses de licencia en el cálculo previsional como meses aportados.

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