La Armada le prohibió llevar barba a todo su personal

La Armada argentina publicó el martes 27 de febrero una modificación al Reglamento de Uniformes para su personal en el que prohíbe el uso de barba.

Interés General29/02/2024Redacción El Informe de CeresRedacción El Informe de Ceres

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La resolución firmada por el contraalmirante Juan Carlos Romay, Director General del Personal y Bienestar de la Armada, se justifica en el objetivo de “facilitar los entrenamientos de los uniformados” y enumera algunas excepciones para la regla.

En el punto 1 con el título “Barba” se establece que “queda prohibido el uso de la misma para todo el personal militar” y luego excluye de este criterio a las “unidades desplegadas fuera de su asiento natural en operación, las cuales producto de una contingencia o por diseño de la unidad limite su capacidad de agua dulce y que, de no racionalizar la misma, afecte el cumplimiento de la misión (por ejemplo, unidades/elementos de Superficie, Submarinas, de Infantería de Marina en operaciones de tiempo prolongado, Unidades de Campaña Antártica/Patrulla Naval Antártica combinada, navegando al sur del paralelo 60° y dotación de Bases Antárticas” y también por “prescripción médica”.

En estos contados casos, detalla la resolución, "la barba deberá ser completa, con bigotes, prolija y recortada, evitando toda excentricidad en su forma y dimensiones”.

El uso de la barba, tradicionalmente, estaba autorizado para los uniformados cuando están a bordo y para los submarinistas también se permitía por la necesidad de que cuando están en operaciones deben ahorrar el uso del agua. En esos casos, sólo se permitía que la barba fuera completa y no con el “estilo candado”.

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