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title: "Elecciones en Santa Fe: qué se puede hacer y que no durante la veda electoral"
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description: "Desde las 8 horas de este viernes no se permite la realización de campañas electorales en ninguna de las categorías involucradas en los comicios de este domingo."
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date_published: "2025-06-27T08:17:00-03:00"
date_modified: "2025-06-27T08:29:38-03:00"
tags:
  - "elecciones"
  - "gobierno provincial"
  - "veda electoral"
  - "voto"
author_name: "Redacción El Informe de Ceres"
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category_name: "Provinciales"
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# Elecciones en Santa Fe: qué se puede hacer y que no durante la veda electoral

![urnas](/download/multimedia.normal.b61601a4d7b4817f.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

Tal como se cumple habitualmente, en las 48 horas previas a la apertura de las mesas de votación, el Tribunal Electoral Provincial prohíbe la realización de campañas electorales para convencionales (distrito único y departamental), municipales, comunales y concejales.

La normativa se encuentra establecida por el artículo 7 de la Ley N° 6808 modificado por el artículo 22 de la Ley N° 12.367. En la medianoche había finalizado también la campaña electoral radiofónica y audiovisual.

Qué se puede y qué no se puede hacer en veda  
Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.  
Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.  
El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas (desde 12 horas antes de los comicios).  
Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los sitios de votación.  
La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.  
Realizar actos públicos de proselitismo  
Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.  
Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los puntos de votación.

Respecto a las redes sociales, la provincia de Santa Fe no posee regulación que prohíba la publicidad durante la veda electoral en plataformas digitales.

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