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title: "Hersilia se adhirió al decreto provincial"
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description: "El comité de emergencias de la localidad de Hersilia informó que se ha adherido a los dispuesto en el Decreto Provincial Nº 0386/2021 de fecha 21/04/2020."
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# Hersilia se adhirió al decreto provincial

![hersilia](/download/multimedia.miniatura.95b61b6274055713.68657273696c69615f6d696e6961747572612e6a7067.jpg)

*Hersilia*

Hersilia, 22 de Abril de 2021.  
**COMUNICADO COMITÉ DE EMERGENCIA**

Por medio de la presente las autoridades que conforman este Comité de Emergencia creado en razón de la Pandemia de Covid-19 informan lo siguiente:

• Se ha adherido a la localidad de Hersilia a los dispuesto en el Decreto Provincial Nº 0386/2021 de fecha 21/04/2020, y en base a la situación sanitaria y epidemiológica local y regional se disponen las siguientes medidas:  
1. SE RESTRINGE LA CIRCULACIÓN en la vía pública entre las 21 hs. y las 6 hs. de la mañana del día siguiente, todos los días de la semana, la que quedará estrictamente limitada a las actividades esenciales.  
2. En bares, restaurantes, heladerías y demás comercios autorizados a funcionar como tales, se permite la concurrencia de comensales hasta las 23 hs., debiendo cerrar al público a las 00 hs. Solo podrán funcionar con un 30% de ocupación y cumpliendo con los protocolos aplicables a tal actividad.  
3. ACTIVIDAD COMERCIAL: La actividad de comercios de venta de mercaderías podrá extenderse todos los días de la semana hasta las 19 hs, y aquellos locales que comercialicen productos alimenticios y farmacias hasta las 20 hs.  
4. PRACTICAS DEPORTIVAS: Quedan suspendidas las prácticas deportivas que se desarrollen en ambientes cerrados y que impliquen el contacto físico entre los participantes. Solo se permiten las prácticas deportivas en lugares abiertos al aire libre, con no más de 10 participantes, y siempre que no exista contacto físico y sea posible respetar el distanciamiento social de 1,5/2 metros entre los asistentes.  
5. Quedan suspendidas todas las reuniones y actividades sociales en domicilios particulares y/o que se celebren al aire libre.  
6. Queda prohibida la realización de eventos y/o cualquier tipo de celebración, sea que estos se desarrollen en domicilios particulares o en salones habilitados a tal fin.  
TODAS LAS MEDIDAS AQUÍ DISPUESTAS REGIRAN A PARTIR DE LAS 00 HS DEL DÍA 23 DE ABRIL DE 2021 Y HASTA LAS 24 HS. DEL DÍA 02 DE MAYO DE 2021.-  
Nuevamente se recomienda y aconseja a la comunidad extremar las medidas de seguridad y protección, utilizar correctamente el tapabocas y/o barbijo, respetar el distanciamiento social, e higienizarse las manos constantemente. También se solicita la colaboración y compromiso por parte de los comerciantes, en el estricto cumplimiento de los protocolos aplicables a cada una de las actividades que desarrollan.

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